Seguridad Social
Baja laboral
Estima la prestación durante una baja laboral.
Confianza y claridad
Estimación orientativa
Pensada para
Orientarte sin registro
Revisar escenarios
Entender el resultado
Última revisión: 23 de julio de 2026
Asistente
Vamos a calcular tu baja laboral.
Solo necesito 3 datos:
- •Salario mensual
- •Tipo de baja
- •Fecha de inicio
Cómo se hace el cálculo
Esta herramienta te ayuda a estimar tu prestación mensual por baja laboral en menos de 1 minuto.
No necesitas saber tu base diaria; la calculamos a partir del salario mensual. Puedes cambiarla en modo avanzado si la conoces.
Se deducen los tramos generales de la baja según la fecha de inicio y el mes elegido.
Calculamos automáticamente los días del mes seleccionado, sin pedirte los días totales.
Deducciones automáticas
Base diaria aproximada
0,00 €
Se estima automáticamente desde tu salario mensual.
Empecemos por lo básico.
Primero necesitamos tu salario aproximado y el tipo de baja.
Progreso del modo sencillo: 50 %
Estimación
Completa los datos para ver tu estimación.
Verás el resultado cuando termines el modo sencillo o corrijas los campos pendientes.
Contexto
Información sobre prestaciones
¿Sabías que...?
Algunas prestaciones pueden tener topes, requisitos, bases reguladoras y mejoras por convenio.
Importante
El resultado puede variar por cotización, situación personal, empresa, mutua, IRPF y normativa vigente.
Consejo
Usa el modo sencillo para orientarte y el modo avanzado cuando tengas bases exactas.
Qué hacer después
Contrasta el resultado con tu vida laboral, nómina o simuladores oficiales cuando existan.
Normativa
Seguridad Social, SEPE y normativa publicada aplicable a cada prestacion.
Fuentes útiles
Tipos y bases de cotización del Régimen General
Referencia para prestaciones, cotizaciones, bajas, jubilación e incapacidad.
Organismo: Seguridad Social · Referencia revisada: 2026-07-16
Prestaciones por desempleo
Referencia para prestaciones por desempleo, requisitos y duración.
Organismo: Servicio Público de Empleo Estatal · Referencia revisada: 2026-07-16
Legislación consolidada
Referencia normativa general cuando el cálculo depende de legislación vigente.
Organismo: Boletín Oficial del Estado · Referencia revisada: 2026-07-16
Guía rápida
Cómo usar esta herramienta
La estimación distingue contingencias comunes y profesionales, aplica los tramos generales por día de baja y permite revisar un mes concreto o toda la duración.
Ejemplos
Ejemplo 1
En enfermedad común, los tres primeros días no generan prestación en el modelo general; del día 4 al 20 se estima el 60 % y desde el 21 el 75 %.
Ejemplo 2
Para accidente laboral o enfermedad profesional se estima el 75 % desde el día siguiente a la baja.
Preguntas frecuentes
¿Por qué no cobro el 100% estando de baja?
Porque la prestación general aplica porcentajes sobre la base reguladora y puede tener días sin prestación en contingencias comunes. El importe final puede mejorar si tu convenio o empresa complementa la baja.
¿Mi empresa puede complementar la baja?
Sí. Algunos convenios colectivos o políticas de empresa completan parte o todo el salario durante la incapacidad temporal. Por eso se muestra una estimación general y se recomienda revisar el convenio.
¿La prestación de baja tiene IRPF?
Puede estar sujeta a retenciones o ajustes en nómina según el caso. La cantidad real cobrada puede diferir del cálculo bruto orientativo.
¿Qué cambia si es accidente laboral?
En accidente laboral o enfermedad profesional la regla general aplica el 75% desde el día siguiente a la baja, aunque el convenio puede mejorar el resultado.
¿La empresa o el convenio pueden completar la prestación?
Sí. Algunos convenios y empresas contemplan complementos, por lo que el importe real puede superar la estimación general.
¿Qué base usa la calculadora?
Puedes introducir la base reguladora diaria exacta. Si no la conoces, se aproxima dividiendo el salario mensual indicado entre 30.
